Seguro de Flores
El subsidio consiste en el copago de la prima o costo del Seguro que corresponde al 40% de la Prima más un monto fijo de 1 UF (subsidio base), con un tope de 80 UF por póliza, por temporada agrícola en las regiones de Coquimbo a la región del Biobío.
Adicional al subsidio base, se entrega un porcentaje adicional (acumulativo) según los siguientes criterios:
Recontratación (desde un 2% a 10%).
Contratación colectiva (+4%).
Sin perjuicio de lo anterior, el subsidio total por póliza de seguro o contrato de cobertura no podrá sobrepasar el 98% de la prima neta cobrada en el respectivo instrumento, incluyendo el subsidio fijo de UF 1 por póliza.
- - Alelí
- - Alstroemeria
- - Clavel
- - Crisantemo
- - Gladiolo
- - Lilium
- - Lisianthus
- - Heladas
- - Granizo
- - Estructura Invernadero:
- - Incendio
- - Gladiolo
- - Viento Fuerte
Denunciar inmediatamente ante la Compañía o corredor de seguro o la institución con la cual contrató su seguro dentro de un plazo máximo de 5 días desde ocurrido el evento climático que afecte su cultivo.
Estar presente en la inspección de siniestro.
Registrar sus desacuerdos en el acta de inspección.
Todos los agricultores del país que cuenten con Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y sean contribuyentes del impuesto al valor agregado (IVA).
También pueden acceder al Subsidio, aquellos agricultores que, sin tener iniciación de actividades, estén siendo atendidos como clientes de crédito de INDAP, BancoEstado, u otras instituciones autorizadas, en cuyo caso el monto asegurado no puede superar las 250 UF por temporada agrícola.